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Se publica la Convocatoria de Oposiciones 2017 al Cuerpo de Maestros en la Comunidad de Madrid.

Publicada convocatoria de #Oposiciones2017 a #Maestros en la comunidad de #Madrid Clic para tuitear

Madrid ofrecer un total de 1.400 plazas para el Cuerpo de Maestros en todas sus especialidades, repartidas de la siguiente forma:

  • Educación Infantil: 360 plazas
  • Educación Primaria: 200 plazas
  • Educación Física: 130 plazas
  • Música: 70 plazas
  • Lengua Extranjera (Inglés): 400 plazas
  • Audición y Lenguaje: 90 plazas
  • Pedagogía Terapéutica: 150 plazas

-> Convocatoria Oposiciones Madrid 2017

La prueba común de conocimientos generales solamente incluirá contenidos de las áreas de Matemáticas y Lengua Castellana y Literatura, y no tendrá que ser realizada por los opositores de la especialidad de Educación Infantil. El valor de esta prueba será de un 30% sobre la parte práctica.

Plazo de presentación de solicitudes: Del 28 de abril al 18 de mayo, ambos inclusive.

RESUMEN DE CONVOCATORIA

Tramitación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes es desde el 28 de abril hasta el 18 de mayo, ambos inclusive.

  1. De manera Telemática a través de www.madrid.org
  2. Solicitud cumplimentada por medios electrónicos que se puede presentar de forma telemática o imprimiéndola para su presentación en los lugares indicados.

Las solicitudes se dirigirán, junto con el resto de la documentación, a la Subdirección General de Gestión del Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

Tasas.

Los aspirantes que participen en este proceso selectivo deberán liquidar las tasas por los importe que se indica: 69,32€

El pago de la tasa deberá hacerse conforme a lo establecido en el Anexo IV y en el punto tercero del Título III de la convocatoria.

Requisitos de los participantes.

Requisitos generales:

Obligación de acreditar no haber sido condenado por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.

  • Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea. Quedan incluidos cónyuges.
  • Tener cumplidos 18 años y no jubilado.
  • No padecer enfermedad ni limitación incompatible con el desempeño de las funciones.
  • No haber sido separado ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento.
  • No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.

Los requisitos establecidos en la presente base tercera, deberán cumplirse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión como funcionarios de carrera,.

Requisitos específicos:

  • Estar en posesión del título de Maestro o Grado correspondiente, Diplomado en Profesorado de Educación General Básica o Maestro en Enseñanza Primaria.
  • En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

Sistema de Selección.

Para poder acceder a la fase de concurso, los aspirantes tendrán que obtener una puntuación igual o superior a cinco puntos en la fase de oposición.

El sistema de ingreso será el de concurso –oposición. En la fase de concurso se valorarán, entre otros méritos, la formación académica y la experiencia docente previa. En la fase de oposición se tendrán en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Asimismo existirá una fase de prácticas, que podrá incluir cursos de formación, y constituirá parte del proceso selectivo.

NOTA TOTAL= 2/3 Fase Oposición + 1/3 Fase de Concurso

Únicamente a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les sumará la puntuación obtenida en la fase de concurso, a efectos de determinar su puntuación global obtenida en el proceso selectivo.

Fase oposición.

Nota Fase de Oposición = Primera Prueba(50%) + Segunda Prueba(50%).

Nota Primera Prueba (de 0 a 10)= 70% Parte A + 30% Parte B.

Nota Segunda Prueba (de 0 a 10)=30% Parte A + 70% Parte B.

Esta fase constará de dos pruebas eliminatorias. Para la especialidad de Educación Infantil, la parte A de la primera prueba solo se compondrá de un examen.

Para el resto de especialidades, la parte A de la primera prueba constará de dos partes: A1 y A2.

Para la especialidad de Música, la parte A2 se subdivide a su vez en 2 partes.

Los aspirantes que participen por la especialidad de Inglés deberán realizar todas las pruebas en esta lengua, excepto la parte A1, que por consistir en una evaluación de carácter general, será desarrollada en castellano.

1.- Primera Prueba.– Prueba de conocimientos.

A1: Prueba común

A2: Ejercicio Práctico

Parte A.– Prueba práctica: esta prueba evaluará la formación científica y el dominio de habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opten. La calificación de la parte A de la primera prueba será de 0 a 10 puntos, siendo esta el resultado de sumar las calificaciones correspondientes a las dos partes, A1 y A2, ponderadas del siguiente modo: nota A1 multiplicada por 0,3 + nota A2 multiplicada por 0’7.

Parte B.– Desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante, de entre dos temas extraídos al azar por el tribunal. La calificación de la parte B de la primera prueba será de 0 a 10 puntos. Para su superación los aspirantes deberán alcanzar, al menos, 2,5 puntos.

2.- Segunda Prueba. Comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.

La segunda prueba se valorará globalmente de cero a diez puntos, (30%Programación y 70%Exposición dela UD) debiendo alcanzarse para su superación una puntuación igual o superior a cinco puntos. El aspirante dispondrá de un tiempo máximo de una hora para la defensa oral de la programación, la exposición de la unidad didáctica y el posterior debate (no más de 10 mins.) ante el Tribunal.

Parte A. Presentación de una programación didáctica. Los aspirantes que hayan superado la primera prueba deberán hacer entrega de la programación didáctica en formato papel ante el tribunal en el plazo que éste determina, y será defendida oralmente por él mismo.

Parte B. Preparación y exposición de una unidad didáctica. Entre tres extraídas al azar de su propia programación o de un tema de entre tres del temario oficial de la especialidad.

El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica y podrá utilizar el material auxiliar, sin posibilidad de conexión con el exterior, por lo que el material que vaya a utilizar no podrá ser susceptible de dicha comunicación.

Las notas de la primera y segunda prueba será publicada en la sede de cada tribunal y se establece un periodo de 2 días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación para reclamaciones presentadas ante el propio Tribunal.

Fase de Concurso. Baremo para la valoración de Méritos (Máximo 10 puntos).

Solo serán valorados los méritos perfeccionados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en estos
procedimientos selectivos y que, dentro de dicho plazo, se aleguen y acrediten

I.- Experiencia docente previa (máximo 5 puntos).

  • Por cada año de experiencia docente en especialidades del Cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos (1,000 punto)
  • Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos Cuerpos al que opta el aspirante, en centros públicos (0.5 puntos)
  • Por cada año en especialidades del mismo nivel o etapa en otros centros (0,5 puntos)
  • Por cada año en especialidades de distintos nivel o etapa educativa que el impartido por el Cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros (0,250 puntos)

II.-Formación Académica (máximo 5 puntos).

  • Expediente académico:
    • Desde 6,00 a 7,50 -> 1 puntos
    • Desde 7,51 a 10 -> 1,5 puntos
  • Postgrado (1 punto), Doctorado (1 punto) y premios extraordinarios (0,500 puntos).
  • Otras titulaciones universitarias de carácter oficial (por cada titulación de primer o segundo ciclo 1 punto).
  • Titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la formación profesional específica:
    • Título profesional de Música o Danza (0,500 puntos)
    • Certificado de Nivel avanzado o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas (0,500 puntos)
    • Título Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño (0,200 puntos)
    • Título Técnico Superior de Formación Profesional (0,200 puntos)
    • Título técnico Deportivo Superior (0,200 puntos)

III.- Otros méritos (máximo 2 puntos).

400 horas de cursos de formación

Actividades de formación permanente y perfeccionamiento (curso, seminario, congreso, jornada, grupo de trabajo) en las que haya participado el aspirante:

  • Asistente, por cada crédito(10 horas) 0,05 puntos
  • Ponente, director, coordinador o tutor, por cada crédito(10 horas), 0,07

Méritos específicos:

  • Deportista de Alto Nivel: 2 puntos
  • Ejercicio profesional reconocido en Música: hasta 2 puntos

Dominio de idiomas extranjeros:

  • C1 o superior 1 punto.
  • B2 0.5 puntos.

Premio fin de carrera 1 punto.

Documentación a presentar.

Junto a la solicitud de participación, habrá de acompañarse:

  • La documentación justificativa de los méritos digitalizada mediante escaneo y conversión a formato PDF.

LAS FOTOCOPIAS NO TENDRÁN QUE SER COMPULSADAS, SIN PERJUICIO DE QUE EN CUALQUIER MOMENTO SE PODRÁN REQUERIR LOS DOCUMENTOS ORIGINALES DE LAS MISMAS

Listados de Admitidos.

Listas Provisionales de Admintidos y excluidos.

  • Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
  • Contra las listas provisionales de admitidos y excluidos los aspirantes podrán reclamar en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación. Las reclamaciones se dirigirán a la Dirección del Área Territorial correspondiente o a la Subdirección General de Gestión del Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial de la Dirección General de Recursos Humanos.

Listas definitivas de admitidos y excluidos.

  • Una vez examinadas, las reclamaciones presentadas serán aceptadas o denegadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en los mismos lugares en que se hizo la publicidad de las listas provisionales de admitidos y excluidos.
  • Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la la Viceconsejería de Organización Educativa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Interinidades.

Los participantes en este procedimiento selectivo que deseen formar parte de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, deberán consignarlo en la solicitud de participación, en el apartado 5.C del modelo de solicitud.

La formación y ordenación de las citadas listas de aspirantes se aprobará mediante Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de 10 de mayo de 2016, del Consejo de Gobierno.

Ficheros.

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