RDD-NumESPECIAL-2026

141 ISSNe 2445-365X | Depósito Legal AB 199-2016 Del aprendizaje analógico al aprendizaje digital centros. Por ello, podríamos definir la competencia digital docente como el uso efectivo de las tecnologías digitales como herramienta de enseñanza y aprendizaje, con el objetivo de garantizar una educación tecnológica de calidad. Siguiendo la normativa europea (Marco de referencia de la competencia digital docente, DigCompEdu 2017), estos son los niveles de competencia digital docente en nuestro país: Las distintas comunidades autónomas establecen medidas para que los profesores puedan adquirir dichos niveles de competencia digital. En Castilla-La Mancha el Centro Regional de Formación del Profesorado imparte cursos de los distintos niveles, con el objetivo de ampliar los conocimientos digitales del profesorado en una sociedad que demanda tecnología y para un alumnado cada vez más digitalizados. Por todo lo expuesto, la comparación de cómo se impartía el módulo de EIE antes de la aparición de las Aulas APE y de llamarse IPE II, y cómo se imparte en la actualidad con esta nueva nomenclatura y normativa, resulta interesante para analizar cómo se ha pasado de un aprendizaje analógico basado en clases magistrales de exposición de contenidos, a un aprendizaje digital con la introducción de metodologías ágiles donde impera la práctica y el uso de las TIC. Este artículo pretende evaluar cómo ha cambiado la regulación en el módulo de EIE con la nueva normativa de Formación Profesional y la incorporación de las Aulas APE a los centros educativos, analizar el cambio metodológico del enfoque tradicional al tecnopedagógico, analizar la importancia de integrar recursos interactivos y metodologías innovadoras en nuestras aulas con el fin de mejorar la experiencia de aprendizaje del alumnado y, por último, entender el cambio digital y adaptarse a él, entendiendo que ambos tipos de aprendizaje no son excluyentes, sino complementarios. Marco normativo La Ley Orgánica 3/2022 establece el marco general del nuevo sistema de Formación Profesional en España. Esta nueva ley no describe detalladamente el módulo de IPE II, pero establece el marco general que justifica su existencia: - - “La FP debe potenciar la orientación profesional y la empleabilidad de las personas, integrándola de forma transversal en todo el sistema educativo y formativo”. Sin embargo, el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio (desarrollo reglamentario) sí regula con más precisión este módulo dentro de los planes de estudios de los ciclos formativos. El artículo 98 introduce los módulos Itinerario Personal para la Empleabilidad I y II como módulos profesionales comunes a todos los ciclos formativos (tanto de grado medio como superior). “ “Las distintas comunidades autónomas establecen medidas para que los profesores puedan adquirir dichos niveles de competencia digital EDICIÓN ESPECIAL 2026

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