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AÑO I - Nº 1 - ABRIL 2016

ISSNe 2445-365X | Depósito Legal AB 199-2016

• Cursos Homologados online para

Oposiciones de Profesores de Educación

Secundaria , FP, EOI, Conservatorios, etc.

FORMACIÓN DEL

PROFESORADO

¿Qué requisitos de formación inicial

se exigen para el acceso a la función

pública docente? ¿Necesito el Máster

de Formación del Profesorado? ¿En qué

medida importa la formación en cursos

homologados para méritos en la fase de

concurso?

A continuación, hacemos un breve re-

corrido desde las características y requi-

sitos de la formación inicial para obtener

la titulación universitaria que da acceso al

ejercicio de la función docente pública, a

la formación permanente que acompaña-

rá al docente a lo largo de su trayectoria

profesional y cuya acreditación puntúa

en el baremo del concurso- oposición

tanto los Maestros de Educación Infantil

y Primaria, en todas sus especialidades:

primaria, música, educación física, PT,

AL, inglés, etc.; como a Profesores de En-

señanza Secundaria, Profesores Técnicos

de Formación Profesional, Profesores de

Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores

de Música y Artes Escénicas y Profesores

de Artes Plásticas y Diseño.

“La formación de los docentes es un

factor clave para mejorar la calidad de la

Educación.”

FORMACIÓN INICIAL

PARA LA FUNCIÓN

DOCENTE

Cuando hablamos de formación inicial

de los docentes nos referimos a la titu-

lación que se necesita para acceder a la

función docente y ejercer la enseñanza en

las distintas etapas dentro de nuestro Sis-

tema Educativo.

La

Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo

de Educación (LOE),

modificada par-

cialmente por la

Ley 8/2013, de 9 de di-

ciembre, para la Mejora de la Calidad

Educativa (LOMCE),

hace referencia en

su capítulo III a la formación del profe-

sorado, y señala, en el artículo 100, que

los contenidos de la formación inicial del

profesorado han de garantizar a los futu-

ros maestros y profesores la capacitación

adecuada para afrontar los retos del siste-

ma educativo y adaptar las enseñanzas a

las nuevas necesidades formativas.

Indica que la formación inicial del pro-

fesorado se ajustará a las necesidades de

titulación y de cualificación requeridas por

la ordenación general del sistema educati-

vo, y que se adaptará al sistema de grados

y postgrados del espacio europeo de edu-

cación superior según lo que establezca la

correspondiente normativa básica.

¿QUÉ TITULACIONES SON

REQUISITO PARA EJERCER LA

DOCENCIA EN LAS DISTINTAS

ETAPAS EDUCATIVAS?

Para responder a esta pregunta se-

guimos los criterios establecidos en la

Ley de Educación y en el

Real Decreto

276/2007, de 23 de febrero

, por el que

se aprueba el Reglamento de ingreso,

accesos y adquisición de nuevas especia-

lidades en los cuerpos docentes a que se

refiere la

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de

mayo,

de Educación, y se regula el régi-

men transitorio de ingreso a que se refiere

la disposición transitoria decimoséptima

de la citada ley (artículo 13).