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ISSNe 2445-365X | Depósito Legal AB 199-2016

AÑO I - Nº 2 - NOVIEMBRE 2016

Educación Infantil (EEI), los Centros de

Educación de Adultos, los Centros de

Educación Especial (CEE) y los Cole-

gios de Educación Infantil y Primaria

(CEIP) de la provincia correspondien-

te. Estos equipos elaboran planes de

actuación con carácter anual (

Figura

2

) para fijar los procedimientos que

van a llevar a cabo en cada uno de los

centros sobre los que trabajan.

1. Datos del Equipo: Componentes y coordinador

2. Análisis de las necesidades educativas del ámbito de intervención:

• Características de la población

• Necesidades educativas detectadas

• Priorización de las intervenciones

3.Plan de actuación:

• Objetivos generales

• Temporalización

• Estrategias de trabajo

• Distribución de tareas

4. Coordinación

5. Criterios de Evaluación

Figura 2:

Elementos del Plan Anual de Actuación

Estos equipos tienen como base

esencial en su trabajo el aporte de

conocimientos de la realidad de cada

centro educativo tanto en su dimen-

sión organizativa como pedagógi-

co-didáctica, lo que resulta fundamen-

tal para propiciar un asesoramiento y

apoyo adaptado a sus características

(Nieto y Botías, 2000).

Acciones prioritarias

Siguiendo la Circular 10/2010 por la

que se dictan Instrucciones para coor-

dinar las actuaciones y establecer las

acciones prioritarias de los servicios de

orientación educativa y profesional, así

como la Orden de 24 de julio de 1998,

estos equipos deben llevar a cabo su

trabajo teniendo en cuenta una serie de

acciones que se consideran prioritarias

(

Figura 3

).

Teniendoestaspremisasencuenta, se

plantean una serie de trámites a la hora

de realizar una demanda de interven-

ción por parte de los miembros de los

EOE en un centro educativo específico,

según el artículo 24.2. de la Orden de 24

de julio de 1998 (

Figura 4

). Por su par-

te, el protocolo de actuación de los EOE

queda articulado de la siguiente forma:

Asesoramiento a los

Departamentos de

Orientación

• Elaboración de pautas de intervención

• Atención a la diversidad.

• Seguimiento de acciones iniciadas.

• Prestación de recursos.

• Intervención directa.

Colaboración como

Técnicos

• Actuaciones encaminadas a la prevención y atención

temprana.

• Evaluación psicopedagógica, si es necesario un

profesional externo.

• Diseño, desarrollo y evaluación de programas de

intervención.

• Informes a la Administración Educativa

• Asesorar a la totalidad de la comunidad educativa sobre

los proyectos de mejora y calidad del sistema educativo.

Figura 3:

Acciones prioritarias de los Equipos de Orientación Específico

• El Departamento de orientación del centro realiza la demanda de intervención del Equipo de

Orientación Específico en general o de un especilista concreto, adjuntando el preceptivo in-

forme del Jefe do Departamento de Orientación. Indicando el Motivo concreto de la demanda.

• Aceptación por el Director del Centro.

• La demanda, recibe el visto bueno del inspector responsable de la zona donde está ubi-

cado el centro educativo.

• Superado este trámite, la demanda llega al inspector coordinador del Equipo de Orienta-

ción Específico.

• Finalmente, y una vez recibida la demanda de intervención por el inspector coordinador, es

entregada por él mismo en la reunión semanal preceptiva, al coordinador del equipo de orien-

tación específico.

Figura

4

: Trámites de demanda

EQUIPO DE ORIENTACIÓN ESPECÍFICO (EOE)

DEPARTAMENTOS DE

ORIENTACIÓN DE CPI

DEPARTAMENTOS DE

ORIENTACION CEIP

DEPARTAMENTOS DE

ORIENTACIÓN IES

• Evaluación de las medidas de atención a diversidad.

• Proponer medias para ajustar la respuesta educativa.

• Revisión de las modalidades de escolarización del alumnado con necesides específicas.

• Realizar las evaluaciones psicopedagógicas.

• Dictaminar la escolarización del alumnado en centros específicos.

• Promover, diseñar y poner en práctica programas de prevención e intervención.

• Fomentar la tolerencia y mejora de la convivencia en los centros educativos...

Figura

5

: Protocolo de actuación