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la Mejora de la Calidad Educativa

(LOMCE) mantiene los mismos cri-

terios para acceder a la función di-

rectiva, pero remarca sobremanera

su importancia. Pretende contribuir

a reforzar la capacidad de ges-

tión de la dirección de los centros,

confiriendo a los directores, como

representantes que son de la Ad-

ministración educativa en el centro

y como responsables del proyecto

educativo, la oportunidad de ejercer

un mayor liderazgo pedagógico y de

gestión. Ergo, la función directiva se

potencia a través de un sistema de

certificación previa para acceder al

puesto de director, estableciéndose

un protocolo para rendir cuentas de

las decisiones tomadas, de las ac-

ciones de calidad y de los resultados

obtenidos al implementarlas. A este

respecto, y para la realización de las

acciones de calidad, la LOMCE nos

dice que el director del centro dis-

pondrá de autonomía para adaptar,

durante el período de realización

de estas acciones, los recursos hu-

manos a las necesidades derivadas

de los mismos. Las decisiones del

director deberán fundamentarse en

los principios de mérito y capaci-

dad y deberán ser autorizadas por

la Administración educativa corres-

pondiente, que se encargará de que

se cumpla la normativa aplicable en

materia de recursos humanos. La

gestión de los recursos humanos

será objeto de evaluación específica

en la rendición de cuentas.

El Real Decreto 894/2014, de 17

de octubre, por el que se desarro-

llan las características del curso de

formación sobre el desarrollo de la

función directiva, establece las com-

petencias profesionales genéricas y

específicas con las que deben do-

tar los cursos de habilitación a los

futuros directores: Este curso de

formación sobre el desarrollo de la

función directiva proporcionará las

competencias genéricas y especí-

ficas que, centradas y orientadas

hacia las actividades directivas,

tengan utilidad práctica en entornos

educativos. Las competencias ge-

néricas (atribuciones, habilidades y

actitudes más valoradas y típicas en

el ejercicio de la función directiva)

permitirán una formación integral

y serán desarrolladas a lo largo del

proceso de formación. En particular,

estas competencias comprenderán,

entre otras, la capacidad de ges-

tionar información, de analizar, de

razonar críticamente, de comunicar

de forma oral y escrita, así como

de negociar, conciliar y tomar de-

cisiones. También se considerarán

competencias genéricas aquellas re-

lacionadas con las habilidades que

los miembros de un equipo directi-

vo deben dominar para desempeñar

su puesto con eficacia y eficiencia, y

que incluyen la habilidad para orga-

nizar y gestionar un centro docente,

así como la capacidad para definir

planes estratégicos de mejora de la

calidad educativa. Las competencias

específicas estarán relacionadas con

el conjunto de conocimientos teóri-

cos y prácticos necesarios para po-

der ejercer las funciones propias de

los equipos directivos.

Viendo todo el desarrollo y evolución

que hemos vivido a lo largo de las di-

ferentes disposiciones legales que he-

mos tenido, todo apunta a que la fun-

ción directiva tenderá, cada vez más, a

reforzarse, consolidándose como una

de las labores primordiales dentro de la

enseñanza en nuestro país.

El papel de lasmujeres

Según los estudios de Díez, Terrón

y Anguita (2008) se pone de mani-

fiesto el porcentaje minoritario de

mujeres que acceden a las funcio-

nes de dirección de los centros edu-

cativos no universitarios. Las cau-

sas que dichos autores señalan para

justificar estos bajos índices son,

entre otras: la costumbre social, la

cual defiende el mantenimiento de

unos roles tradicionales, por lo que

el hombre puede desarrollar sus

funciones ante lo público y la mujer

en lo privado, las tareas domésticas;

la dificultad de compatibilizar la vida

familiar y profesional; y la tradicio-

nal definición masculina del poder,

así como el hecho de que los rasgos

asociados al género masculino se

han emparejado siempre más con

un modelo de dirección y liderazgo

de hombres que de mujeres.

En líneas parecidas cabe destacar

que es muy probable que las muje-

res no accedan a puestos de trabajo

de estos calibres debido a las expec-

tativas proyectadas sobre ellas, ya

que la sociedad en su conjunto sue-

le tener una predisposición inferior

sobre éstas, especialmente cuando

asumen cargos de responsabilidad,

de tal modo que cualquier error que

cometan se atribuye a factores per-

sonales, los cuales refuerzan la idea

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ISSNe 2445-365X | Depósito Legal AB 199-2016

AÑO II - Nº 8 - ENERO 2018