Guía del Opositor

Proceso de Oposiciones en Galicia

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Fase de Oposición en Galicia

¿EN QUÉ CONSISTE LA FASE DE OPOSICIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA?

Te resumimos a continuación las principales características de las pruebas de la fase oposición en base a las últimas convocatorias de Maestros y Profesores en esta Comunidad. Hemos englobado todas las características para facilitarte un esquema genérico, por lo que te aconsejamos que acudas a la última convocatoria de tu cuerpo docente y compruebes desde ahí las especificaciones concretas que se contemplan en relación al desarrollo de las pruebas para tu especialidad.

Esta prueba tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, y constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente.

Al efectuarse la primera y segunda parte de la prueba por escrito se procederá a su lectura conjunta y la calificación de cada parte se realizará por separado.

La primera parte y la segunda parte de la prueba se calificarán de 0 a 10 puntos, y se ponderará de la siguiente manera:

  • Parte A: la calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,6 la calificación obtenida.
  • Parte B: la calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,4 la calificación obtenida.
  • Para superar esta prueba el personal aspirante deberá obtener una puntuación de por lo menos el 25 % del valor de cada una de las partes de la prueba y una puntuación total, resultado de sumar las puntuaciones ponderadas correspondientes a las dos partes, igual o superior a 5 puntos.

Parte A

  • Una prueba práctica consistente en la realización de una serie de ejercicios, que podrán ser por escrito, que se ajustará, para cada especialidad, a lo dispuesto en la convocatoria correspondiente y que permitirá comprobar que el personal aspirante posee la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que se opte.
  • El tiempo asignado para la realización de esta prueba será el establecido por los tribunales.

Parte B

  • Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el personal aspirante de entre el número de temas que a continuación se relaciona, de los temarios que componen el temario oficial de cada especialidad, extraídos al azar por el tribunal:
    • Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas y profesores técnicos de formación profesional: deberá elegirse entre 5 temas.
    • Cuerpo de profesores de música y artes escénicas: deberá elegirse entre 4 temas.
  • El personal aspirante dispondrá de dos horas para la realización de esta parte de la primera prueba.

El personal aspirante que superó la primera prueba realizará esta segunda prueba, que tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del personal aspirante y de su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. La prueba se compone de dos partes.

Esta segunda prueba se valorará globalmente de 0 a 10 puntos, y el personal aspirante deberá alcanzar, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos. La primera parte y la segunda parte de la segunda prueba se ponderarán de la siguiente manera:

  • Parte A: la calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,4 la calificación obtenida.
  • Parte B: la calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,6 la calificación obtenida.

Parte A: Presentación y defensa de una programación didáctica

  • La programación hará referencia al currículo de una materia o módulo relacionada con la especialidad por que se participa, en la cual deberán especificarse los objetivos, las competencias, los contenidos, la metodología didáctica, los estándares y resultados de aprendizaje evaluables, los criterios de evaluación, así como la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
  • Se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en que el profesorado de la especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo, elegido por la persona candidata.
  • Una programación para un curso escolar deberá contener, como mínimo, 15 unidades didácticas que deberán estar enumeradas.
  • No podrán superarse los 20 minutos de defensa de la programación.

Parte B: Preparación y exposición oral de una unidad didáctica

  • La preparación y exposición oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica podrá estar relacionada con la programación presentada por la persona aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, la persona aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por ella misma, de su programación. En el segundo caso, la persona aspirante elegirá el contenido de una unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por ella misma, del temario oficial de la especialidad.
  • En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a formular en el aula y sus procedimientos de evaluación.
  • El personal aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica, y podrá utilizar el material que considere oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior, pero para exposición se podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo, siempre que sea aprobado por el tribunal, así como un guión que no excederá de una página y que se entregará al tribunal al final de la misma.
  • El tiempo de la exposición no podrá exceder de los 30 minutos.
  • La duración del debate final no podrá alargarse más de 10 minutos.

Información extraída de la Orden de 28 de enero de 2022 por la que se convocan procedimientos selectivos de acceso al cuerpo de inspectores de educación, al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria y al cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño y de ingreso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, al cuerpo de profesores de escuelas oficiales de idiomas, al cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño, al cuerpo de maestros y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por el personal funcionario de carrera de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de artes plásticas y diseño y maestros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

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