Las Oposiciones de Maestros y Profesores en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Los procesos selectivos a la Función Pública Docente de las distintas Comunidades Autónomas se rigen por las líneas generales recogidas en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

Sin embargo, cada Comunidad Autónoma, en su convocatoria de Oposiciones, establece algunos requisitos propios, por lo que es necesario conocer cuáles son las principales  características de las últimas convocatorias de Maestros y Profesores de la Comunidad Autónoma en la que te presentes.

En este post hemos seleccionado las principales características de las pruebas de la fase de oposición, así como las características de la fase de concurso, en base a las últimas convocatorias de Maestros y Profesores en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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La Fase de Oposición en Andalucía

Primera prueba: Prueba de conocimientos

Para las Oposiciones a Maestros, la primera prueba tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opte y constará de dos partes. Las dos partes de esta primera prueba tendrán una duración máxima de tres horas y treinta minutos y se realizarán sin interrupción. Esta primera prueba se valorará de 0 a 10 puntos y se calculará realizando la media aritmética entre las puntuaciones de las dos partes de la misma, siempre que cada una de las puntuaciones parciales sea igual o superior a 2,5 puntos. Para la superación de esta primera prueba se deberá alcanzar una puntuación igual o superior a 5 puntos.

La prueba correspondiente a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria (a excepción de la especialidad de Música) y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, tendrá una duración máxima de 4 horas y media sin interrupción. En el caso de la prueba de la especialidad de Música del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, del Cuerpos de Profesores Técnicos de Formación Profesional, del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, la parte B tendrá una duración máxima de dos horas, debiéndose realizar, en el caso de haberse presentado a la parte B, la correspondiente parte A en el lugar y fecha que se establezca por Resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.

-> Parte A: Supuesto práctico

  • Consiste en la realización por escrito de un ejercicio práctico que permita comprobar que el personal aspirante posee la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opta (supuesto práctico).
  • Esta parte práctica suele consistir en la resolución de un supuesto sobre distintas situaciones escolares de entre tres propuestos por el tribunal, pudiendo elegir el nivel del alumnado.
  • Las características de esta prueba práctica para cada especialidad son las recogidas en el anexo de la respectiva convocatoria.
  • Esta parte se valorará de 0 a 10 puntos.

-> Parte B: Tema escrito

  • Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre los extraídos al azar por el tribunal:
    • Hasta 25 temas se escoge entre 2 temas
    • Entre 26 y 50 temas se escoge entre 3 temas
    • Más de 51 temas se escoge entre 4 temas
  • Esta parte se valorará de 0 a 10 puntos.

Segunda Prueba: Aptitud pedagógica

La segunda prueba tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia del aspirante y constará de dos partes. Cada una de las partes se calificará de 0 a 10 puntos. La calificación de esta segunda prueba será de 0 a 10 puntos, siendo el resultado la suma de las calificaciones de las dos partes de que consta, ponderadas del siguiente modo:

  • La parte A se calculará multiplicando por 0,3 la calificación obtenida
  • La parte B se calculará multiplicando por 0,7 la calificación obtenida
  • Dicha ponderación solo se realizará en el supuesto de que se hubieran obtenido como mínimo 2,5 puntos en cada una de las partes de que consta esta segunda prueba.
  • Para la superación de esta segunda prueba el personal aspirante deberá alcanzar una puntuación global igual o superior a 5 puntos.

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-> Parte A: Presentación y defensa de una programación didáctica

  • La programación didáctica del Cuerpo de Maestros hará referencia al currículo vigente de la Comunidad Autónoma de Andalucía de un área relacionada con la especialidad por la que se participa, en la que deberán especificarse los objetivos, los contenidos, los criterios de evaluación, la metodología, la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y la bibliografía.
  • La programación didáctica del Cuerpo de Profesores hará referencia al currículo vigente de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa, en la que deberá especificarse los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
  • Se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en los que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlos.
  • Deberá entregarse en la sede del tribunal, desde el momento de la publicación de las calificaciones de la primera prueba, solo en el caso de haberla superado.
  • Debe contener un mínimo de 12 unidades didácticas.
  • Tendrá que cumplir con los requisitos técnicos recogidos en la convocatoria correspondiente en función del cuerpo y la especialidad.
  • Su defensa tendrá una duración máxima de 30 minutos.

-> Parte B: Preparación y exposición oral de una unidad didáctica

  • El aspirante elegirá una unidad didáctica de entre tres extraídas por sorteo de su propia programación o del temario oficial de la especialidad, para su preparación y exposición oral ante el tribunal.
  • Tendrá una hora para su preparación, pudiendo utilizar el material que considere oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior.
  • En su elaboración deberán concretarse los objetivos, los contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula, los procedimientos de evaluación y la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
  • Para su exposición puede usarse el material auxiliar sin contenido curricular que se considere oportuno, aportado personalmente por el aspirante, así como un guion que no excederá de una cara de un folio y que deberá entregar al tribunal al término de la exposición.
  • La exposición de la unidad didáctica tendrá una duración máxima de 30 minutos.

La Fase de Concurso en Andalucía

Sólo se tendrán en cuenta los méritos perfeccionados hasta el día que finalice del plazo de presentación de solicitudes y se entregarán ante el tribunal en el acto de presentación, adjuntando una relación de todos los méritos alegados y de la documentación acreditativa que se aporta, ordenados según los tres apartados que conforman el baremo, en sobre cerrado en el que se hará constar nombre, documento de identidad, especialidad por la que participa y número del tribunal.

Baremo de méritos

La fase de concurso es el proceso de valoración de los méritos del aspirante, según el baremo de puntos publicado en la convocatoria de oposiciones de la correspondiente Comunidad Autónoma en la que se presente a las pruebas.

En esta fase los baremos de las convocatorias de todas las Comunidades Autónomas se estructuran en tres bloques, cada uno de ellos con una puntuación máxima a alcanzar.

  • Experiencia previa: Máximo 5 puntos
  • Formación académica: Máximo 5 puntos
  • Otros méritos: Máximo 2 puntos

Entre los tres bloques no pueden superarse los 10 puntos.

calculadora de baremo

Experiencia Docente

Con la experiencia docente previa en Andalucía puede obtenerse hasta un máximo de 5 puntos:

  • Por cada año de experiencia docente en especialidades del Cuerpo al que se opta, en centros públicos: 1,0000 puntos.
  • Por cada año de experiencia docente en especialidades distintos cuerpos al que se opta, en centros públicos: 0,5000 puntos.
  • Por cada año de experiencia en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que se opta, en otros centros: 0,5000 puntos.
  • Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel que el impartido en el cuerpo al que se opta, en otros centros: 0,2500 puntos.

Formación Académica

Dependiendo de la nota obtenida en el expediente académico del título alegado, en Andalucía puede obtenerse una determinada puntuación:

  • Desde 6,00 a 7,49 (o desde 1,00 a 1,99): 0,5000 puntos
  • Desde 7,50 a 8,99 (o desde 2,00 a 2,99): 1,0000 punto
  • Desde 9,00 a 10,00 (o desde 3,00 a 4,00): 1,5000 puntos

También, con distintos títulos puede obtenerse puntuación adicional:

  • Título de Postgrado: 1 punto
  • Doctorado: 1 punto)
  • Premios extraordinarios: 0,500 puntos.
  • Otras titulaciones universitarias de carácter oficial (por cada titulación de primer o segundo ciclo): 1 punto.
  • Titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la formación profesional específica:
    • Título profesional de Música o Danza: 0,5000 puntos
    • Certificado de nivel avanzado o superior de una lengua extranjera de Escuelas Oficiales de Idiomas o equivalentes: 0,5000 puntos
    • Título Técnico Superior de Artes plásticas y Diseño: 0,2000 puntos
    • Título técnico Superior de Formación Profesional: 0,2000 puntos
    • Técnico Superior en Enseñanzas Deportivas: 0,2000 puntos

Otros Méritos

Con diversas actividades de formación permanente pueden sumarse también puntos para las oposiciones en Andalucía.

-> Cursos de formación permanente superados

Por cursos relacionados con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, psicopedagogía o sociología de la educación, convocados, organizados e impartidos por los órganos competentes en materia de educación permanente del profesorado de las distintas administraciones educativas, a los que les corresponda la regulación y administración de la enseñanza no universitaria en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, Universidades públicas o privadas, Centros de Profesorado e Institutos de Ciencias de la Educación, así como por entidades sin ánimo de lucro que hayan sido inscritos en el registro de actividades de Formación Permanente de las citadas Administraciones u homologados por éstas.

En ningún caso se valorarán por este apartado aquellos cursos cuya finalidad sea la obtención de un título académico.

  • Cursos superados: 0,200 puntos por cada 30 horas (sólo cursos no inferiores a 20 horas), pudiéndose acumular cursos a partir de 2 créditos (20 horas).
  • Cursos impartidos (como ponente, coordinador o tutor): 0,2000 puntos por cada 30 horas (3 créditos) de cursos de formación permanente, pudiendo acumularse por la totalidad de los cursos de al menos dos créditos (20 horas).

-> Participación en grupos de trabajo, seminarios, planes y proyectos educativos

Aquellos convocados por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, los órganos correspondientes de otras Comunidades Autónomas o el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y publicados en diarios oficiales.

  • Participación por curso académico: 0,2000 puntos
  • Coordinación por curso académico:  0,5000 puntos

-> Méritos Artísticos exclusivamente para la especialidad de Música

  • Por premios en certámenes, exposiciones o concursos
    • Por premios de ámbito internacional: 0,2500 puntos.
    • Por premios de ámbito nacional: 0,1000 puntos.
    • Por premios de ámbito autonómico: 0,0500 puntos.
  • Por composiciones estrenadas o grabaciones con depósito legal
    • Por cada composición como autor o intérprete: 0,3000 puntos.
    • Como coautor o grupo de autores, o perteneciente a un grupo de intérpretes (puntuación dividida entre número de intérpretes): 0,3000 puntos.
    • Por cada concierto como director de orquesta, banda o coro: 0,2500 puntos
    • Por cada recital o concierto como solista con orquesta: 0,100 puntos.
  • Por cada concierto como miembro de una orquesta o de otras agrupaciones instrumentales o corales: 0,0500 puntos

-> Méritos Deportivos exclusivamente para la especialidad de Educación Física

  • Calificación de deportista de alto nivel o de alto rendimiento, según el RD 971/2007: 0,5000 puntos.
  • Participación en competiciones deportivas oficiales, mediante selección por las Federaciones autonómicas, nacionales o internacionales: 0,1000 puntos.

¿Cuántos Cursos Homologados para Oposiciones necesito en Andalucía?

En el baremo para el sistema de ingreso a la función pública se reserva hasta un máximo de 2 puntos que poder obtener mediante distintas actividades de formación permanente, que debe ser válida para computar en las oposiciones y estar homologada debidamente para que se pueda tener en cuenta como méritos en las mismas.

Es en el apartado del baremo “Otros méritos” de la fase de concurso donde puedes sumar puntos extra a la nota que obtengas en la fase de oposición, gracias a la realización de Cursos Homologados para Oposiciones.

La Comunidad Autónoma de Andalucía establece en sus convocatorias sus propias particularidades en relación a los cursos homologados para que sean tenidos en cuenta en sus procesos de oposiciones.

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