Guía del Opositor

Primera prueba de la Fase de Oposición

¿En qué consiste? ¿Cuántas partes tiene?

  • Cada Comunidad Autónoma determinará las características específicas de esta primera prueba mediante la publicación de órdenes de convocatorias en los Boletines Oficiales de las respectivas Administraciones Educativas, y los temarios vigentes para todo el proceso selectivo serán los que se determinan en la Orden de 9 de septiembre de 1993.

    Empieza a sumar puntos

    La primera prueba de la fase oposición tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, y consta de dos partes que serán valoradas conjuntamente:

    • Parte A: Una prueba práctica que permita comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que se opte.
      Cada Comunidad Autónoma especifica las características propias de esta prueba en su convocatoria. Suele ser un supuesto práctico que describe una situación escolar relacionada con la especialidad para que el opositor organice la respuesta educativa en función de las características y circunstancias concretas que se le plantean. En ocasiones son preguntas cortas sobre distintos aspectos del proceso de enseñanza aprendizaje.
      En Madrid, esta parte se subdivide a su vez en dos pruebas, la primera de ellas de cultura general común a todas las especialidades, y la segunda sería el supuesto práctico.

    • Parte B: Desarrollo por escrito de uno de los temas que han salido por sorteo justo antes del comienzo del examen. En función del número de temas de la especialidad por la que se presente, el aspirante podrá escoger de entre dos y cuatro temas.

Número de temas de la especialidad

De entre estos temas el aspirante deberá desarrollar por escrito uno, a su elección. El número de temas extraídos, de forma proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad, se ajustará a los siguientes criterios:

  • En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre dos temas.
  • En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre tres temas.
  • En aquellas especialidades que tengan número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cuatro temas.
 

Esta prueba se valorará de cero a diez puntos. Cada una de las dos partes de las que consta deberá suponer como mínimo tres puntos de los diez que comprenderá la valoración total de esta prueba.

Para su superación, los aspirantes deberán alcanzar una puntuación mínima igual o superior a cinco puntos, siendo ésta el resultado de sumar las puntuaciones correspondientes a las dos partes. A estos efectos la puntuación obtenida en cada una de las partes deberá ser igual o superior al 25 por 100 de la puntuación asignada a las mismas.