Las Oposiciones de Maestros y Profesores en la Comunidad Autónoma de Galicia.

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Los procesos selectivos a la Función Pública Docente de las distintas Comunidades Autónomas se rigen por las líneas generales recogidas en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

Sin embargo, cada Comunidad Autónoma, en su convocatoria de Oposiciones, establece algunos requisitos propios, por lo que es necesario conocer cuáles son las principales  características de las últimas convocatorias de Maestros y Profesores de la Comunidad Autónoma en la que te presentes.

En este post hemos seleccionado las principales características de las pruebas de la fase de oposición, así como las características de la fase de concurso, en base a las últimas convocatorias de Maestros y Profesores en la Comunidad Autónoma de Galicia.

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La Fase de Oposición en Galicia

Primera prueba: Prueba de conocimientos

Esta prueba tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, y constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente.

Al efectuarse la primera y segunda parte de la prueba por escrito se procederá a su lectura conjunta y la calificación de cada parte se realizará por separado.

La primera parte y la segunda parte de la prueba se calificarán de 0 a 10 puntos, y se ponderará de la siguiente manera:

  • Parte A: la calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,6 la calificación obtenida.
  • Parte B: la calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,4 la calificación obtenida.
  • Para superar esta prueba el personal aspirante deberá obtener una puntuación de por lo menos el 25 % del valor de cada una de las partes de la prueba y una puntuación total, resultado de sumar las puntuaciones ponderadas correspondientes a las dos partes, igual o superior a 5 puntos.

-> Parte A: Supuesto práctico

  • Una prueba práctica consistente en la realización de una serie de ejercicios, que podrán ser por escrito, que se ajustará, para cada especialidad, a lo dispuesto en la convocatoria correspondiente y que permitirá comprobar que el personal aspirante posee la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que se opte.
  • El tiempo asignado para la realización de esta prueba será el establecido por los tribunales.

-> Parte B: Tema escrito

  • Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el personal aspirante de entre el número de temas que a continuación se relaciona, de los temarios que componen el temario oficial de cada especialidad, extraídos al azar por el tribunal:
    • Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas y profesores técnicos de formación profesional: deberá elegirse entre 5 temas.
    • Cuerpo de profesores de música y artes escénicas: deberá elegirse entre 4 temas.
  • El personal aspirante dispondrá de dos horas para la realización de esta parte de la primera prueba.

Segunda Prueba: Aptitud pedagógica

El personal aspirante que superó la primera prueba realizará esta segunda prueba, que tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del personal aspirante y de su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. La prueba se compone de dos partes.

Esta segunda prueba se valorará globalmente de 0 a 10 puntos, y el personal aspirante deberá alcanzar, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos. La primera parte y la segunda parte de la segunda prueba se ponderarán de la siguiente manera:

  • Parte A: la calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,4 la calificación obtenida.
  • Parte B: la calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,6 la calificación obtenida.

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-> Parte A: Presentación y defensa de una programación didáctica

  • La programación hará referencia al currículo de una materia o módulo relacionada con la especialidad por que se participa, en la cual deberán especificarse los objetivos, las competencias, los contenidos, la metodología didáctica, los estándares y resultados de aprendizaje evaluables, los criterios de evaluación, así como la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
  • Se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en que el profesorado de la especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo, elegido por la persona candidata.
  • Una programación para un curso escolar deberá contener, como mínimo, 15 unidades didácticas que deberán estar enumeradas, para todos los cuerpos y especialidades, excepto para las especialidades propias de la Formación Profesional, que deberá contener un mínimo de 4 unidades didácticas, y en el caso de las especialidades del cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño, la programación deberá contener un mínimo de 10 unidades didácticas.
  • No podrán superarse los 20 minutos de defensa de la programación.

-> Parte B: Preparación y exposición oral de una unidad didáctica

  • La preparación y exposición oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica podrá estar relacionada con la programación presentada por la persona aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, la persona aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por ella misma, de su programación. En el segundo caso, la persona aspirante elegirá el contenido de una unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por ella misma, del temario oficial de la especialidad.
  • En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a formular en el aula y sus procedimientos de evaluación.
  • El personal aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica, y podrá utilizar el material que considere oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior, pero para exposición se podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo, siempre que sea aprobado por el tribunal, así como un guion que no excederá de una página y que se entregará al tribunal al final de la misma.
  • El tiempo de la exposición no podrá exceder de los 30 minutos.
  • La duración del debate final no podrá alargarse más de 10 minutos.

La Fase de Concurso en Galicia

Sólo se puntuarán aquellos méritos que sean debidamente perfeccionados antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria y acreditados mediante la documentación que se determina en los anexos de la misma.

Baremo de méritos

La fase de concurso es el proceso de valoración de los méritos del aspirante, según el baremo de puntos publicado en la convocatoria de oposiciones de la correspondiente Comunidad Autónoma en la que se presente a las pruebas.

En esta fase los baremos de las convocatorias de todas las Comunidades Autónomas se estructuran en tres bloques, cada uno de ellos con una puntuación máxima a alcanzar.

  • Experiencia previa: Máximo 5 puntos
  • Formación académica: Máximo 5 puntos
  • Otros méritos: Máximo 2 puntos

Entre los tres bloques no pueden superarse los 10 puntos.

calculadora de baremo

Experiencia Docente

Con la experiencia docente previa en Galicia puede obtenerse hasta un máximo de 5 puntos:

  • Por cada año de experiencia docente en especialidades del Cuerpo al que se opta, en centros públicos: 1,0000 puntos.
  • Por cada año de experiencia docente en especialidades distintos cuerpos al que se opta, en centros públicos: 0,5000 puntos.
  • Por cada año de experiencia en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que se opta, en otros centros: 0,5000 puntos.
  • Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel que el impartido en el cuerpo al que se opta, en otros centros: 0,2500 puntos.

Formación Académica

Dependiendo de la nota obtenida en el expediente académico del título alegado, en Galicia puede obtenerse una determinada puntuación:

  • Desde 6,00 hasta 7,50 (o desde 1,50 hasta 2,25): 1,0000 punto
  • Desde 7,51 a 10 (o desde 2,26 hasta 4): 1,5000 puntos

También, con distintos títulos puede obtenerse puntuación adicional:

  • Título de Postgrado: 1 punto
  • Doctorado: 1 punto
  • Premio extraordinario en el Doctorado: 0,500 puntos
  • Otras titulaciones universitarias de carácter oficial (por cada titulación de primer o segundo ciclo): 1 punto.
  • Titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la formación profesional específica:
    • Título profesional de Música o Danza: 0,5000 puntos
    • Certificado de nivel avanzado (B2) o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas: 0,5000 puntos
    • Título Técnico Superior de Artes plásticas y Diseño: 0,2000 puntos
    • Título técnico Superior de Formación Profesional: 0,2000 puntos
    • Técnico Deportivo Superior: 0,2000 puntos

Otros Méritos

Con diversas actividades de formación permanente pueden sumarse también puntos para las oposiciones en Galicia.

-> Formación permanente

Por actividades superadas que tengan por objeto el perfeccionamiento sobre aspectos científicos y didácticos de las especialidades del cuerpo por el que se presente, o con las tecnologías aplicadas a la educación, organizadas por la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional o los órganos correspondientes de otras comunidades autónomas o el Ministerio de Educación y Formación Profesional, por institución sin ánimo de lucro, siempre que dichas actividades fuesen homologadas o reconocidas por las administraciones educativas, así como las organizadas por las universidades.

  • Por actividades de perfeccionamiento: Por cada crédito (10 horas) 0,10 puntos.
  • Por la impartición de actividades de formación: Por cada 5 horas 0,10 puntos.

-> Dominio de Lenguas Extranjeras

  • Por nivel C1 según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:
    1 punto
  • Por nivel C2 SEGÚN EL Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: 1,2 puntos
  • Por cada título extranjero del nivel equivalente al Nivel B2 siempre que no se haya acreditado el título equivalente de la EOI en el mismo idioma: 0,50 puntos por cada título.

> Méritos para Artes Plásticas y Diseño

  • Por premios en certámenes, exposiciones, festivales o concursos:
    • Primer premio de ámbito internacional: 0,250 puntos
    • Primer premio de ámbito nacional: 0,200 puntos
    • Primer premio de ámbito autonómico: 0,150 puntos

¿Cuántos Cursos Homologados para Oposiciones necesito en Galicia?

En el baremo para el sistema de ingreso a la función pública se reserva hasta un máximo de 2 puntos que poder obtener mediante distintas actividades de formación permanente, que debe ser válida para computar en las oposiciones y estar homologada debidamente para que se pueda tener en cuenta como méritos en las mismas.

Es en el apartado del baremo “Otros méritos” de la fase de concurso donde puedes sumar puntos extra a la nota que obtengas en la fase de oposición, gracias a la realización de Cursos Homologados para Oposiciones.

La Comunidad Autónoma de Galicia establece en sus convocatorias sus propias particularidades en relación a los cursos homologados para que sean tenidos en cuenta en sus procesos de oposiciones.

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