Antes de elaborar la Programación Didáctica para las próximas Oposiciones 2022 debemos reconsiderar el actual panorama normativo en el que nos encontramos en el campo de la educación, ya que recientemente hemos asistido al nacimiento de una nueva ley educativa y, en consecuencia, puesto que llevará algunos años su completa implantación, vamos a tener que cambiar el modo de plantear el diseño de las programaciones didácticas de aula.

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LOMLOE en la Programación Didáctica 2022

Para realizar la programación didáctica de cara a las oposiciones docentes debemos considerar la ley orgánica educativa actualmente vigente. En estos momentos, nuestra ley de educación es la recientemente aprobada Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE).

Puesto que la nueva LOMLOE se remonta tan solo a diciembre de 2020, debemos esperar algunos años para ver cómo se implementan definitivamente todos los cambios que propone. Por el momento, tan sólo sabemos su calendario de implantación, por medio del cuál podemos conocer la secuencia temporal con la que cada una de sus novedades se materializará en la realidad concreta de los centros y aulas.

Según este calendario, de entre todos los cambios que van a sucederse en los próximos cursos académicos hay que señalar aquellos relacionados con la organización de las enseñanzas de cada etapa educativa, así como los introducidos en el currículo y los objetivos para cada una de ellas, como las principales novedades que influirán en la elaboración de programaciones didácticas.

calendario implantación LOMLOE

Cambios en el currículo de cada etapa educativa en la Programación Didáctica

Los cambios recogidos en el calendario de implantación sobre el currículo, la organización y los objetivos de educación primaria, secundaria, bachillerato y formación profesional no comenzarán hasta el curso escolar 2022-2023, lo que quiere decir que, para la elaboración de la programación didáctica, la estructura propia de cada etapa educativa, y los contenidos de cada una de las áreas o materias que las compongan, continuará inalterable de cara a las próximas oposiciones 2022.

De este modo, los Reales Decretos de enseñanzas mínimas de cada una de las etapas educativas, al igual que los decretos y órdenes de currículo de cada Comunidad Autónoma continúan vigentes tal y como ahora los conocemos.

Cambios en la evaluación de la Programación Didáctica

En el trascurso del año escolar 2021-2022 la LOMLOE va a ir aplicando cambios sobre cuatro aspectos fundamentales:

  • La evaluación y condiciones de promoción de las diferentes etapas educativas.
  • Las condiciones de titulación de educación secundaria obligatoria, ciclos formativos de grado básico y bachillerato.
  • La titulación de las enseñanzas profesionales de música y danza.
  • Las condiciones de acceso a las diferentes enseñanzas.

De entre dichos cambios, para la elaboración de la programación didáctica para las oposiciones 2022 debemos tener en cuenta las modificaciones sobre la evaluación y las condiciones de promoción.

Por el momento, no podemos saber cuándo el Ministerio de Educación y Formación Profesional publicará nueva normativa que aclare los aspectos más esenciales sobre cómo ha de realizarse la evaluación.

No obstante, sí que contamos con un reciente Real Decreto sobre evaluación y promoción. Es el Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.

Según este nuevo Real Decreto, cobra una especial relevancia la actuación colegiada del equipo docente en las etapas de la educación primaria, secundaria bachillerato y formación profesional, a quien se otorga la responsabilidad de la decisión sobre la promoción y la titulación de su alumnado.

Para la elaboración de la programación didáctica de las oposiciones 2022 tendremos, por tanto, que tenerlo en cuenta y recogerlo entre las disposiciones legales de referencia.

Por otra parte, a la hora de contemplar el tratamiento de la evaluación en la programación didáctica, debemos considerar los antiguo estándares de aprendizaje evaluables como un elemento curricular que ha dejado de ser prescriptivo para configurarse como un elemento con carácter meramente orientativo.

Paralelamente, tendremos que permanecer a la espera, a lo largo del presente curso escolar, de nuevas instrucciones por parte del Gobierno.

Estructura de la Programación Didáctica

En base a la LOMLOE, el currículo está formado por el conjunto de objetivos, competencias, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas.

En consecuencia, las programaciones didácticas deberán recoger el tratamiento de todos estos elementos curriculares de cada etapa educativa y concretarlos para un curso escolar específico y un grupo de alumnos determinado.

La programación didáctica supone la adecuación de la respuesta educativa, derivada de las directrices establecidas en la normativa correspondiente, a la realidad concreta del aula.

Según el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, la programación didáctica para las oposiciones docentes hará referencia al currículo de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa, en la que deberá especificarse los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

Índice de la Programación Didáctica

El índice de la programación didáctica debe mostrar los diferentes elementos que la conforman y ha de confeccionarse en función de lo que se estipule en la convocatoria correspondiente, pero siempre a partir de lo que el propio opositor considere más oportuno, orientando su programación de forma personal según sus criterios.

Desde aquí puedes descargarte un posible modelo de índice, que puede servir para todas las etapas, con una serie de apartados que consideramos pedagógica y normativamente correctos. A partir de lo aquí expuesto, como es de suponer, el aspirante deberá adaptarlo a las características propias de su comunidad, cuerpo docente y especialidad.

Requisitos de la Programación Didáctica para Oposiciones

La convocatoria de oposiciones de cada Comunidad Autónoma recoge las características propias que debe reunir la programación didáctica que el aspirante entregue y defienda ante el tribunal.

De esta manera, dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que cada opositor se presente, su programación didáctica deberá cumplir unos requisitos específicos, según la normativa autonómica y, sobre todo, dependiendo del cuerpo docente y especialidad a la que opte, la programación tendrá una extensión determinada, un número de unidades didácticas en concreto y una estructura curricular específica.

Aprende a elaborar la Programación Didáctica para Oposiciones 2022

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Este curso de formación, con una duración de 110 horas, está incluido en el Plan de Formación Permanente de la Universidad Camilo José Cela. Se dirige a Maestros de Educación Infantil y Educación Primaria, está homologado por la UCJC con 4 créditos ECTS y es válido para Oposiciones y Concurso General de Traslados.

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