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onvocadas oposiciones en la Comunidad de Madrid por Resolución RESOLUCIÓN de 6 de abril de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos..

Plazo de presentación de Instancias del 7 al 26 de abril (ambos incluidos).

1Plazas.

Especialidades de Profesores de Enseñanza Secundaria

Lengua Castellana y Literatura 225
Inglés 275
Matemáticas 195
Geografía e Historia 160
Biología y Geología 100
Física y Química 90
Orientación Educativa 95
Formación y Orientación Laboral 30
Administración de Empresas 25
Intervención Sociocomunitaria 10
Latín 10
Organización y Proceso de Mantenimiento de Vehículos 10
Procesos Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos 15
Procesos Sanitarios 10
Alemán 10
Hotelería y Turismo 25
Procesos y Medios de Comunicación 10

Especialidades de Profesores Técnicos de Formación Profesional

Mantenimiento de Vehículos 35
Procesos de Gestión Administrativa 30
Sistemas y Aplicaciones Informáticas 35
Instalaciones Electrotécnicas 25
Cocina y Pastelería 10
Servicios de Restauración 20
Procedimientos Sanitarios y Asistenciales 15

Especialidades de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas

Inglés 35
TOTAL Especialidades de Profesores de Enseñanza Secundaria 1295
TOTAL Especialidades de Profesores Técnicos de Formación Profesional   170
TOTAL Especialidades de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas     35
TOTAL ESPECIALIDADES 1500

2Tramitación de solicitudes.

NOVEDAD 2016. Obligación de acreditar no haber sido condenado por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.

  1. De manera Telemática a través de www.madrid.org
  2. Solicitud cumplimentada por medios informáticos que es firmada y registrada de modo presencial

No podrá presentarse más de una solicitud, a no ser que se opte a más de una especialidad.

Las solicitudes se dirigirán, junto con el resto de la documentación, a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

Tasas.

Los aspirantes que participen en este proceso selectivo deberán liquidar las tasas por los importe que se indica a continuación:
— Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria: 77,87 euros.
— Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas: 77,87 euros.
— Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional: 69,32 euros.

El pago de la tasa podrá hacerse utilizando el impreso original del modelo 030 que
figura, a efectos meramente informativos, en este Anexo IV.

3Requisitos de los participantes.

Requisitos generales:

  • Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea. Quedan incluidos cónyuges.
  • Tener cumplidos 18 años y no jubilado.
  • No padecer enfermedad ni limitación incompatible con el desempeño de las funciones.
  • No haber sido separado ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento.

Los requisitos establecidos en la presente base tercera, deberán cumplirse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión como funcionarios de carrera,.

Requisitos específicos:

  • Estar en posesión del título que habilita a la docencia, el título de Grado correspondiente, o equivalente según anexo.
  • En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
  • Formación pedagógica y didáctica.

4Sistema de Selección.

Para poder acceder a la fase de concurso, los aspirantes tendrán que obtener una puntuación igual o superior a cinco puntos en la fase de oposición.

El sistema de ingreso será el de concurso –oposición. En la fase de concurso se valorarán, entre otros méritos, la formación académica y la experiencia docente previa. En la fase de oposición se tendrán en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Asimismo existirá una fase de prácticas, que podrá incluir cursos de formación, y constituirá parte del proceso selectivo.

NOTA TOTAL= 2/3 Fase Oposición + 1/3 Fase de Concurso

Únicamente a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les sumará la puntuación obtenida en la fase de concurso, a efectos de determinar su puntuación global obtenida en el proceso selectivo.

5Fase oposición.

Nota Fase de Oposición = Primera Prueba(50%) + Segunda Prueba(50%).

Nota Primera Prueba (de 0 a 10)= 70% Parte A + 30% Parte B.

Nota Segunda Prueba (de 0 a 10)=30% Parte A + 70% Parte B.

Según dispone el artículo 20.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, cada una de las pruebas de la fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.

Los aspirantes de la especialidad de Idioma Extranjero: Inglés, deberán realizar todas las pruebas que integren la fase de oposición en este idioma.

1.- Primera Prueba.– conocimientos específicos de la especialidad docente.

Las notas de la primera y segunda prueba será publicada en la sede de cada tribunal y se establece un periodo de 2 días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación para reclamaciones presentadas ante el propio Tribunal.

Parte A.– Desarrollo por escrito, durante un tiempo de dos horas, de un tema elegido por el aspirante de entre cuatro temas extraídos al azar por el Tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad. La calificación de la parte A de la primera prueba será de 0 a 10 puntos. Para su superación los aspirantes deberán alcanzar, al menos, 2,5 puntos.

Parte B.– Consistirá en una prueba práctica que permita comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que se opte. La duración y características de esta prueba práctica se ajustarán a lo dispuesto en el Anexo III de esta convocatoria. La calificación de la parte B de la primera prueba será de 0 a 10 puntos. Para su superación los aspirantes deberán alcanzar, al menos, 2,5 puntos.

2.- Segunda Prueba. Comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.

La segunda prueba se valorará globalmente de cero a diez puntos, (30%Programación y 70%Exposición dela UD) debiendo alcanzarse para su superación una puntuación igual o superior a cinco puntos. El aspirante dispondrá de un tiempo máximo de una hora para la defensa oral de la programación didáctica (menos de 30 min) y la exposición de la unidad didáctica.

Parte A. Presentación de una programación didáctica. será entregada por el aspirante al Tribunal que le corresponda, en el Acto de Presentación previo al inicio de las pruebas. Será defendida oralmente ante el Tribunal.

Parte B. Preparación y exposición de una unidad didáctica. Entre tres extraídas al azar de su propia programación de un tema de entre tres del temario oficial de la especialidad.

El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica y podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo así como un guión que no excederá de un folio y que se entregará al final al Tribunal.

6Fase de Concurso. Baremo para la valoración de Méritos (Máximo 10 puntos).

Solo serán valorados los méritos perfeccionados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en estos
procedimientos selectivos y que, dentro de dicho plazo, se aleguen y acrediten
con la documentación justificativa correspondiente..


NOTA:
Las puntuaciones provisionales obtenidas en la fase de concurso se publicarán, pudiendo los interesados presentar contra las mismas, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación, escrito de reclamación dirigido a la la Dirección de ÁreaTerritorial o a la Dirección General de Recursos Humanos.

I.- Experiencia docente previa (máximo 5 puntos).

  • Por cada año de experiencia docente en especialidades del Cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos (1,000 punto)
  • Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos Cuerpos al que opta el aspirante, en centros públicos (0.5 puntos)
  • Por cada año en especialidades del mismo nivel o etapa en otros centros (0,5 puntos)
  • Por cada año en especialidades de distintos nivel o etapa educativa que el impartido por el Cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros (0,250 puntos)

II.-Formación Académica (máximo 5 puntos).

  • Expediente académico:
    • Desde 6,00 a 7,50 -> 1 puntos
    • Desde 7,51 a 10 -> 1,5 puntos
  • Postgrado (1 punto), Doctorado (1 punto) y premios extraordinarios (0,500 puntos).
  • Otras titulaciones universitarias de carácter oficial (por cada titulación de primer o segundo ciclo 1 punto).
  • Titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la formación profesional específica:
    • Título profesional de Música o Danza (0,500 puntos)
    • Certificado de Nivel avanzado o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas (0,500 puntos)
    • Título Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño (0,200 puntos)
    • Título Técnico Superior de Formación Profesional (0,200 puntos)
    • Título técnico Deportivo Superior (0,200 puntos)

III.- Otros méritos (máximo 2 puntos).

 

NoVEDAD 2016
madrid vuelve a pedir cursos de formación en el apartado otros méritos.

Actividades de formación permanente y perfeccionamiento (curso, seminario, congreso, jornada, grupo de trabajo) en las que haya participado el aspirante:

  • Asistente, por cada crédito(10 horas) 0,05 puntos
  • Ponente, director, coordinador o tutor, por cada crédito(10 horas), 0,07

Dominio de idiomas extranjeros:

  • C1 o superior 1 punto.
  • B2 0.5 puntos.

Premio fin de carrera 1 punto.

7Documentación a presentar.

Junto a la solicitud de partición, habrá de acompañarse:

  • Documentación justificativa de los méritos para la valoración a que se hace referencia en el Baremo ANEXO V y VI de la convocatoria, entendiéndose que solamente se tomarán en consideración aquellos méritos debidamente justificados a través de la documentación que se determina en la presente convocatoria, y que sea presentada durante el plazo de presentación de instancias.

La falta de pago de la tasa por derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación, determinará la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

  • Fotocopia del título alegado para participar o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.
  • Fotocopia de la Formación Pedagógica (Máster o CAP).

las fotocopias no tendrán que ser compulsadas, sin perjuicio de que en cualquier momento se podrán requerir los documentos originales de las mismas


NOVEDAD: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1, punto 8, de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, será requisito como condición previa al nombramiento como funcionarios en prácticas y a la toma de posesión en los destinos adjudicados, poseer una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales. La acreditación de esta condición podrá hacerse de oficio por esta Administración Educativa, previa autorización expresa del interesado marcando la casilla de autorización (apartado 6 de la solicitud) correspondiente habilitada en la solicitud de participación.

8Listados de Admitidos.

Listas Provisionales de Admintidos y excluidos.

  • Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
  • Contra las listas provisionales de admitidos y excluidos los aspirantes podrán reclamar en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación. Las reclamaciones se dirigirán a la Dirección Provincial de Educación, Cultura y Deportes de la “Provincia de gestión de especialidad”.

Listas definitivas de admitidos y excluidos.

  • Una vez examinadas, las reclamaciones presentadas serán aceptadas o denegadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en los mismos lugares en que se hizo la publicidad de las listas provisionales de admitidos y excluidos.
  • Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la la Viceconsejería de Organización Educativa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

 

9Interinidades.

Los participantes en este procedimiento selectivo que deseen formar parte de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, deberán consignarlo en la solicitud de participación en los términos establecidos en el Anexo IV de esta convocatoria.

La formación y ordenación de las citadas listas de aspirantes se realizará según lo acordado en la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario celebrada el 11 de marzo de 2016, así como por las resoluciones que se dicten por la Dirección General de Recursos Humanos.

10Ficheros.

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