Te explicamos las 3 vías de acceso a la función pública docente que se indican en el nuevo Real Decreto 270/2022.

Real Decreto 270/20022

Como ya explicamos en nuestro post Publicado nuevo Real Decreto de acceso a la función pública docente, el Gobierno ha sacado adelante una modificación de los procedimientos de ingreso, con el que quiere dar respuesta a las exigencias de la Unión Europea de reducir al 8% la tasa de interinidad de la administración pública.

Este RD no afecta a las próximas Oposiciones 2022, las cuales ya han sido convocadas por todas las Comunidades Autónomas teniendo en cuenta el tradicional Real Decreto 276/2007.

Lo que se pretende con este nuevo RD es dar respuesta a las plazas que vienen siendo ocupadas por personal docente interino, por lo que introduce dos procesos extraordinarios de acceso a la función pública docente, y mantiene el actual y conocido procedimiento ordinario de ingreso para nuevos aspirantes opositores según el RD 276/2007.

Vías de acceso a la función pública docente con el nuevo Real Decreto #Ced Clic para tuitear

El calendario del nuevo Real Decreto 270/2022

En principio, esta normativa apunta que, desde la fecha de publicación (13 de abril de 2022) y hasta que finalice el año 2024, existirán tres vías diferentes para acceder a una plaza docente, indicando, también, que todos los opositores podrán presentarse por las tres vías.

Este RD estipula que las Ofertas Públicas de Empleo de cada Comunidad Autónoma deberán publicarse antes de 1 de junio de 2022, y sus respectivas convocatorias tendrán que publicarse antes del 31 de diciembre de 2022.

Esto quiere decir que antes de que finalice el 2022 ya se tendrán convocados los procedimientos extraordinarios que contempla el RD 270/2022 para dar respuesta a las plazas de estabilización, tanto de corta como de larga duración.

Para las plazas de reposición, al ser de nueva creación y reguladas de la forma que ya conocemos, continuarán con sus publicaciones normales, teniendo en cuenta las ofertas públicas de empleo que cada Comunidad Autónoma va realizando, y siempre en base al conocido Real Decreto 276/2007.

Las 3 vías de acceso

Las vías que los aspirantes pueden escoger para acceder a la función docente corresponden con los distintos tipos de plazas que se ofertan:

  • Plazas de estabilización de corta duración
  • Plazas de estabilización de larga duración
  • Plazas de nueva creación y de reposición

Veamos cada una de ellas.

Plazas de estabilización de corta duración

Estas plazas son aquellas que vienen siendo ocupadas desde los últimos años por docentes interinos, concretamente se refiere a las plazas ocupadas al menos tres años antes del 31 de diciembre de 2020.

Estas plazas se cubrirán por medio de acceso extraordinario, según lo que se indica en el Real Decreto 270/2022, mediante concurso-oposición que no tendrá carácter eliminatorio.

La fase de oposición está ponderada con un 60% de la nota (máximo 10 puntos) y se realizará en una única prueba que tendrá las siguientes partes:

  • El desarrollo por escrito de un tema escogido por el aspirante, según el siguiente método de sorteo
    • Hasta 25 temas, se escogerá entre 3
    • Entre 26 y 50 temas, se escogerá entre 4
    • Para más de 50 temas, se escogerá entre 5
  • La entrega, exposición y defensa de una Unidad Didáctica
    • Las características del documento las concretarán las distintas Comunidades Autónomas.
  • Un ejercicio de carácter práctico
    • Dependerá de la naturaleza de la especialidad, pues aquellas que incluyan contenidos de carácter aplicado o habilidades instrumentales y/o técnicas, podrán incluirse pruebas prácticas según lo que determine cada Comunidad Autónoma en sus convocatorias.

Para pasar a la fase de concurso hay que superar la oposición.

La fase de concurso se pondera con un 40% (máximo 10 puntos), de la siguiente manera:

  • Experiencia previa: máximo 7 puntos (máximo 10 años de antigüedad)
  • Formación académica: máximo 2 puntos
  • Otros méritos: máximo 1 punto
    • El máximo de formación permanente mediante cursos homologados es de 1 punto
    • Puede obtenerse un máximo de 0,75 puntos demostrando que se ha aprobado un concurso-oposición en fechas posteriores a las convocatorias del año 2012

Plazas de estabilización de larga duración

Éstas también son plazas que vienen siendo ocupadas por interinos de forma ininterrumpida, pero de una forma más prolongada en el tiempo, concretamente desde antes del 1 de enero de 2016.

Estas plazas se cubrirán mediante acceso extraordinario, a través de un concurso de méritos y según el Real Decreto 270/2022.

Las plazas de estabilización de larga duración no se convocarán con oposiciones, por lo que los aspirantes no tendrán que realizar ningún tipo de examen, solamente tendrán que acreditar una serie de méritos.

En este concurso de méritos se ha fijado un baremo de 15 puntos como máximo que los interinos pueden acreditar, de la siguiente forma:

  • Experiencia docente previa: máximo 7 puntos (10 años de antigüedad)
  • Formación académica: máximo 3 puntos
  • Otros méritos: máximo 5 puntos
    • El máximo de formación permanente mediante cursos homologados es de 2 puntos
    • Pueden obtenerse un máximo de 2,5 puntos demostrando que se ha aprobado un concurso-oposición en fechas posteriores a las convocatorias del año 2012

Plazas de nueva creación y de reposición

Estas plazas son las que se suelen ir creando a lo largo de los años de manera natural para dar respuesta a las necesidades de los diferentes cuerpos docentes, así como aquellas que se convocan para cubrir vacantes y jubilaciones.

Estas plazas se cubrirán mediante acceso ordinario, a través de un concurso-oposición de carácter eliminatorio regulado por el tradicional Real Decreto 276/2007.

  • La fase de oposición se compone de dos pruebas:
    • Prueba práctica (supuesto práctico) y desarrollo de un tema escrito, según sorteo:
      • Hasta 25 temas, se escogerá entre 2
      • Entre 26 y 50 temas, se escogerá entre 3
      • Para más de 50 temas, se escogerá entre 4

Hay que superar el supuesto y el desarrollo del tema para realizar la siguiente prueba.

  • Defensa de la Programación Didáctica y exposición de una Unidad Didáctica
    • Las características de estos documentos dependerán de cada Comunidad Autónoma.

Para pasar a la fase de concurso hay que superar la oposición.

  • La fase de concurso se divide en:
    • Experiencia previa: máximo 5 puntos (máximo 10 años de antigüedad)
    • Formación académica: máximo 5 puntos
    • Otros méritos: máximo 2 puntos
      • El máximo de formación permanente mediante cursos homologados es de 2 puntos

Más oportunidades para los aspirantes opositores

Como hemos dicho al principio, hasta el 31 de diciembre de 2024 coexistirán estas tres vías de acceso a la función pública, y todos los aspirantes podrán presentarse a los distintos procedimientos.

Esto supone una oportunidad única para todos los opositores, sea cual sea su condición, pues significa que tienen dos oportunidades adicionales para conseguir optar a una plaza docente, además del hasta ahora tradicional sistema de ingreso.

Puesto que las tres vías contemplan en mayor o menor medida la acreditación de méritos por medio de cursos homologados para oposiciones, cualquier aspirante tiene la opción de presentarse a las oposiciones a través de cualquiera de estos tres procedimientos acreditando la formación necesaria para completar el apartado de otros méritos.

Todas las plazas, en las tres vías, son de libre acceso, de tal forma que todos los aspirantes pueden presentarse para optar a ellas.

Todo dependerá, como suele ocurrir, del número de plazas que cada Comunidad Autónoma oferte para cubrir sus necesidades de estabilización, pero, en cualquier caso, todas ellas ofertarán nuevas plazas para poder ajustarse a los nuevos requisitos de la tasa de interinidad.

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